Uliambre seguirá siendo Concejal, como votaron los Concejales

En la sesión del día de hoy el Honorable Concejo Municipal de Sauce Viejo resolvió un pedido realizado por el Municipio el pasado 17 de setiembre para que se de inició a un proceso de exclusión del Concejal Pedro Uliambre por inhabilidad sobreviniente según entiende dispone la Ley Nº 14.436.

Después de sesiones, cuartos intermedios, sesiones sin quorum, por mayoría los concejales decidieron no dar lugar a la exclusión solicitada por el Municipio.

Como votaron los concejales

Hubo dos dictámenes. Uno lleva la firma de Natalia Benítez y Valeria Echeverri quienes votaron a favor de la exclusión del edil. En tanto el otro dictamen que lleva la firma de Daniel Hansen, Susana DeCastro y Carlos Piedrabuena rechazaron la solicitud de exclusión.

Resolución del Concejo

Articulo 1°: Rechazar la la solicitud de exclusión del Concejal Pedro Uliambre promovida por Departamento Ejecutivo Municipal mediante nota ingresada en fecha 17 de setiembre de 2026, en el marco del expediente legislativo N° 119/2026, por no haberse la mayoría especial de dos tercios de la totalidad de los miembros del cuerpo en ejercicio, exigida por la normativa aplicable para disponer dicha medida.

Articulo 2°: Dejar constancia que la decisión establecida en el articulo precedente se funda en el resultado de la votación nominal realizada en la sesión del 9 de octubre de 2026, en la cual se registraron dos (2) votos por la afirmativa, correspondiente a la concejala Natalia Benítez y a la presidenta del cuerpo, Valeria Echeverri; tres (3) votos por la negativa, correspondiente a la Concejala Susana DeCastro y a los Concejales Daniel Hansen y Carlos Piedrabuena.

Articulo 3°: Tener presentes los fundamentos expuestos en el despacho de comisión en mayoría, asi como los antecedentes, argumentos y posiciones consignados en el despacho de minoría, ambos de fecha 9 de octubre de 2026, los cuales forman parte de las actuaciones del expediente legislativo.

Articulo 4°: Establecer que la presente decisión no importa un pronunciamiento sobre la cancelación definitiva de la obligación tributaria objeto de las actuaciones judiciales identificadas como CUIJ N° 21-16265557-1, cuya determinación corresponde al órgano judicial competente.

Articulo 5°: Notificar la presente Resolución al Departamento Ejecutivo Municipal, en respuesta a la solicitud de exclusión oportunamente presentada, y comunicar lo resuelto al Concejal Pedro Uliambre. Incorpórese copia de la presente a las actuaciones del expediente legislativo.

 

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